Rol del Par

Publicado: 18-dic-2020

Los pares académicos tienen una tarea precisa en el proceso de Acreditación: ellos son responsables del juicio sobre la calidad en la etapa de Evaluación Externa. Como miembros destacados de sus comunidades académicas, los pares pueden reconocerse, en primera instancia, por la forma en que realizan las tareas propias de su campo. Los pares son, además, representantes de la cultura académica. Es por ello por lo que se les reconoce como «pares académicos». Por lo general, los pares realizan investigación y docencia y son reconocidos como profesores, como investigadores o como profesionales destacados. Dadas condiciones apropiadas, los pares son personas capaces de formar escuela; en las instituciones en donde trabajan ellos se encargan de promover la integración de y con las comunidades académicas nacionales e internacionales y de difundir entre sus colegas los avances más importantes en su campo. Idealmente, el par también debería ser alguien capaz de hacer conocer a la sociedad los efectos sociales potenciales más importantes de los trabajos en su área específica; de hecho, el par debería contribuir con las herramientas propias de su área a la transformación de la cultura. El conocimiento de los principios, presupuestos e implicaciones de la tarea que cumplen en su área permite a los pares académicos examinar integralmente los procesos de formación en su campo.

Aunque el conocimiento sea la cualidad fundamental del par, no cabe duda de que algunos rasgos de personalidad son definitivos en el cumplimiento de su tarea: El par académico debe ser sensible a las diferencias entre los proyectos que examina y su propio proyecto. Debe estar en capacidad de comprender y valorar la formación en el contexto de un Proyecto Institucional que comprende y respeta, sin que ello signifique que renuncia a las exigencias de alta calidad que la ley impone para la Acreditación. Esto implica tener en cuenta, además de las dimensiones universales propias del programa, la tradición académica en la cual éste se inscribe y la tradición institucional dentro de la cual se da la formación.

El par no examina un programa académico vacío de contexto; debe comprender la tarea social que ese programa cumple y valorarla con responsabilidad. Ello exige examinar la manera como el programa responde a necesidades de la comunidad.

El par reconoce en la Evaluación Externa una oportunidad de poner en evidencia las fortalezas y debilidades de un programa académico para contribuir eficazmente en el mejoramiento de su calidad. Ello conlleva asumir la crítica en el sentido más académico del término, esto es, como capacidad de destacar lo que merece ser destacado y no como exploración unilateral de lo que debe ser rechazado.

El par debe cumplir con los presupuestos de una comunicación verdadera. Debe ser veraz, sincero y respetuoso y debe manejar un lenguaje comprensible.

El par debe ser recto, esto es, debe reconocer las normas propias de la tarea que realiza y obrar con prudencia, honestidad y responsabilidad.

El par es miembro de la comunidad académica y no representa a institución alguna. No es por comparación con la institución en donde trabaja o donde se ha formado, sino atendiendo criterios académicos, como juzga lo que debe evaluar.

El par es el conocedor del paradigma que examina y no el defensor de éste u otro paradigma. Cuando se trata de paradigmas en conflicto y el par no comparte el enfoque examinado, debe estar en capacidad de reconocer las condiciones internas de validez del paradigma que juzga, independientemente de la posición crítica que tenga frente a él. En todo caso, el hecho de que los pares conforman un equipo debe ser una garantía de equilibrio y objetividad en el juicio.

Marco de acción del par académico

Los pares académicos en su rol de evaluadores externos son los encargados y responsables de la evaluación externa para la acreditación de alta calidad, por tanto, deben ser miembros ejemplares de la comunidad académica y científica. Como miembros ejemplares y destacados, los pares deben ser reconocidos, en primera instancia, por la forma en que realizan las tareas propias de su campo y de su quehacer evaluativo.

Los pares académicos deben tener conocimiento de los principios, presupuestos e implicaciones de las tareas que se realizan en su área; ello les permitirá examinar integralmente los procesos de formación correspondientes. Los pares académicos deben estar en capacidad de evaluar la calidad teniendo en cuenta tanto el saber específico como el modelo de acreditación establecido por el CNA.

Es determinante para realizar correctamente la labor, entender que un par académico no representa institución alguna. Juzga lo que debe evaluar sólo atendiendo a criterios académicos y atendiendo las directrices del CNA, no por comparación con la institución en donde trabaja o donde se ha formado.

Los pares académicos deben ser sensibles a las diferencias entre los proyectos que examinan y su propio proyecto. Deben estar en capacidad de comprender y valorar las funciones de la educación superior y la formación en el contexto de un proyecto institucional que comprenden y respetan, sin que ello signifique que renuncian a las exigencias de alta calidad.

Los pares son conocedores del paradigma que examinan y no los defensores de éste u otro paradigma. Cuando se trata de paradigmas en conflicto y los pares no comparten el enfoque examinado, deben estar en capacidad de reconocer las condiciones internas de validez del paradigma que juzgan, independientemente de la posición crítica que tengan frente a él. En cualquier caso, el hecho de que los pares académicos conforman un equipo debe ser una garantía de equilibrio y objetividad en el juicio.

Los pares no examinan una institución o un programa académico vacío de contexto; deben comprender la tarea social que cumple y valorarla con responsabilidad.

Los pares tienen en la evaluación externa una oportunidad de poner en evidencia las fortalezas y debilidades de una institución o un programa académico para contribuir eficazmente en el mejoramiento de su calidad.

Deberes y funciones de los pares académicos.

Son deberes y funciones de los pares académicos las siguientes:

  • Aplicar su conocimiento y experiencia al servicio de la comunidad y de modo especial, a la verificación de las condiciones de calidad en la educación superior.
  • Tener como premisa en el desarrollo de su labor, el respeto al principio de la autonomía universitaria consagrado en la Constitución y en la ley.
  • Presentar en forma oportuna los informes relacionados con el ejercicio del par con el rigor metodológico, profesional y ético.
  • Revisar los documentos radicados por la institución de educación superior -IES- en la plataforma SACES.
  • Concertar con la institución de educación superior la agenda de la visita de verificación de condiciones de calidad, en caso de no haberse designado un par coordinador.
  • Informar de manera oportuna al Consejo Nacional de Acreditación, sobre circunstancias de conflictos de interés que puedan afectar su objetividad en el ejercicio de la tarea de verificación atribuida.
  • Elaborar y cargar el informe previo, con la debida anticipación a la visita de verificación de condiciones de calidad, en la plataforma SACES- CNA o el medio que haga sus veces.
  • Preparar y presentar sus informes de forma escrita, redactados de manera clara, en lenguaje ponderado, objetivo e imparcial, libre de juicios de valor, excluyendo preferencias personales o de estereotipos. En dichos informes se debe evitar la transcripción de los documentos suministrados por la institución.
  • Mantener actualizada su información personal registrada en el Sistema SACES o el que haga sus veces, a fin de facilitar el proceso de designación para una visita de verificación.
  • Informar sobre los inconvenientes presentados durante el desarrollo de la visita que le ha sido asignada.

Pautas de Comportamiento

Además de los criterios o principios del Sistema Nacional de Acreditación y las normas éticas aplicables a quienes ejercen una función pública, los pares académicos que desarrollan la evaluación externa con fines de acreditación en alta calidad deberán observar las siguientes pautas de comportamiento:

  • Demostrar una actitud de servicio a la sociedad en general y en particular a la educación superior.
  • Ejercer su función evaluadora bajo el reconocimiento y estricto respeto de la autonomía de la institución.
  • Aportar su conocimiento y experiencia para beneficio de las instituciones de educación superior, respetando su autonomía.
  • Evaluar los programas e instituciones de acuerdo con los lineamientos definidos por el Consejo Nacional de Acreditación y abstenerse de dar pautas o guías distintas a las propuestas por el Consejo.
  • Actuar con independencia de criterio académico en los procedimientos de evaluación y acreditación en los que participen, sin asumir la representación de intereses ajenos al CNA por más legítimos que ellos fueran.
  • Guardar estricta reserva sobre la información del programa o de la institución contenida en la documentación entregada por el CNA y sobre los juicios a los que llegue el equipo de pares académicos en cumplimiento de su función evaluadora.
  • Abstenerse de divulgar por cualquier medio, información relacionada con la institución y/o programa académico objeto de evaluación.
  • Evitar acciones que impliquen ventajas para la institución de educación superior o para el programa evaluado.
  • Informar al CNA oportunamente sobre las circunstancias de conflicto de intereses reales o aparentes.
  • Elaborar los informes con el rigor metodológico y la ética profesional requeridos para el cumplimiento de la responsabilidad asumida ante las instituciones de educación superior y entregarlos con la oportunidad solicitada por el CNA.
  • A partir de la designación como par evaluador y hasta la entrega del informe final, deberá abstenerse de aceptar de la institución a evaluar, directa o indirectamente, empleo, suscribir contratos de prestación de servicios, arreglos o asuntos que no sean los estrictamente vinculados a las labores del equipo de pares, ni intervenir para que otros lo hagan.
  • Informar oportunamente al coordinador del equipo de pares y al CNA cuando las condiciones externas dificulten su labor para que el proceso evaluado no sea vulnerado.
  • En las visitas a las instituciones de educación superior deberá conducirse con la atención, el cuidado y la diligencia de una persona honorable y responsable, con una actitud positiva y dispuesta al diálogo.

El coordinador del equipo de pares organizará el proceso de evaluación externa creando un ambiente de trabajo participativo, de mutuo respeto y de responsabilidad compartida asegurando que las decisiones se adopten en forma democrática.

El Coordinador del equipo de pares observará la conducta de sus pares y, de encontrar irregularidades en el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias o del código de ética, notificará esta situación al CNA.

Marco Ético de los Pares Académicos del CNA

El Consejo Nacional de Acreditación espera que los pares académicos, en el cumplimiento de su función evaluadora y en sus relaciones con las instituciones y las comunidades académicas, promuevan el respeto por los valores y referentes universales que configuran el ethos académico, y actúen con las siguientes orientaciones:

  • Guardar estricta reserva sobre la información del programa o de la institución contenida en la documentación entregada por el CNA y sobre los juicios a los que llegue el equipo de pares académicos en el cumplimiento de su función evaluadora. Abstenerse de divulgar por cualquier medio, información relativa al proceso de evaluación.
  • Evaluar los programas e instituciones de acuerdo con los lineamientos definidos por el Consejo Nacional de Acreditación y abstenerse de dar pautas o guías distintas a las propuestas por el Consejo.
  • Informar al Consejo Nacional de Acreditación sobre vínculos que tenga o haya tenido con la institución o con el programa académico que vaya a evaluar, o cualquier otra que pueda configurar inhabilidad para el desempeño de su función como para académico.
  • Realizar acciones que eviten ventajas inequitativas para la institución de educación superior o para el programa evaluado.
  • No tener en el momento de la evaluación vínculo matrimonial o de parentesco hasta el segundo grado, con un directivo de la institución de educación superior o de la unidad académica que es evaluada.
  • No recibir reconocimientos especiales, que lo comprometan con la función de par académico.

Consulte los siguientes documentos para conocer más acerca del rol del par

Código de ética del Par actualizado según el Acuerdo CESU 02 de 2020

Code of Ethics for academics peers

Manual de capacitación de Pares Académicos

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